PROTOCOLO CONTRA EL ACOSO LABORAL, SEXUAL Y POR RAZÓN DE SEXO
PROTOCOLO DE ACOSO LABORAL, MORAL, SEXUAL Y POR RAZÓN DE SEXO
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, establece en su artículo 48 que las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo.
¿Es obligatorio que las empresas dispongan de un protocolo de actuación contra el acoso laboral?
SÍ, tener un protocolo de acoso laboral es una obligación para todas las empresas, independientemente del tamaño de su plantilla. Es decir, toda empresa con empleados está obligada a tener un protocolo contra el acoso laboral que articule no solo medidas para prevenirlo, sino también el procedimiento a seguir en caso de acoso laboral por trabajadores y empresa.
¿Cuáles son las sanciones si no tengo un protocolo de acoso en la empresa?
El acoso laboral no solo es un problema para las empresas, que afecta al clima laboral y el rendimiento de los trabajadores afectados, sino que puede convertirse en un delito perseguido por la justicia, contemplando incluso penas de prisión.
Por ello, no cumplir con la obligación de tener un protocolo de acoso laboral puede suponer:
✅Sanción por la autoridad laboral.
✅Denuncias ante los tribunales.
Las multas establecidas según la Ley de Infracciones y Sanciones son:
- Infracciones leves: Multas de 7.501 a 30.000 euros
- Infracciones graves: Multas de 30.001 a 120.005 euros
- Infracciones muy graves: Multas de 120.006 a 225.018 euros
¿Qué contenido mínimo debe tener un protocolo de acoso laboral?
- Designación de la comisión o de la persona instructora.
- Desarrollar la normativa interna y las medidas preventivas: Diseñar y desarrollar tanto la normativa interna para perseguir y prevenir el acoso laboral, así como una batería de medidas preventivas.
- Canal y procedimiento interno para realizar las denuncias: Habilitar un canal de denuncias confidencial, rápido y accesible para las víctimas, para poner en conocimiento la situación de acoso.
- Comunicar las medidas a toda la plantilla.
¿Cómo podemos ayudarte?
En ASEFICO CONSULTING, nuestro equipo está a tu disposición para asesorarte en la implementación de un protocolo eficaz contra el acoso laboral, moral, sexual y por razón de sexo. Además, ponemos a tu disposición nuestro modelo de protocolo adaptado a la normativa vigente.
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